Descripción del servicio
Este servicio consiste en emitir certificación para cambios de uso de suelo, en el Departamento se le informa al munícipe sobre la documentación requerida para la obtención de dicha certificación.
A quién va dirigido
Servicio ofrecido por el departamento de Tramitación, Dirección de Planeamiento Urbano.
Tel.: (809) 788-7676 ext. 1013 | Correo: [email protected]
Requerimientos o requisitos
- Carta de solicitud dirigida a la Dirección de Planeamiento Urbano.
- Título de propiedad (original y copia de ambos lados) si tiene gravamen, traer carta de no objeción del acreedor hipotecario con la firma legalizada por un Notario Público.
- Plano de Mensura Catastral (copia).
- Certificado de uso de suelo vigente. Valor según el proyecto a ejecutar RD$2,000.00 a RD$40,000.00.
- Plano de lo existente y levantamiento de uso de suelo y densidad circundante.
- Recibo de Inspección, valor RD$1,000.00.
- Acta de notificación a los colindantes.
Procedimientos a seguir
- Inspección hecha por el inspector al solar el dia asignado.
- Revisión del expediente por la Encargada de Tramitación
- Se remite al Dpto. de Catastro para revisión de documentos legales.
- Entrada del Exp. al Depto. de Urbanismo para realizar el Uso de Suelo; si el proyecto está realizado se elabora uso y no objeción
- Se remite a la Asistente de la Dirección, para pasarla al Director(a)
- Retorna a Tramitación de Planos, para mandarlo al Depto. de Tasación.
- Retorna otra vez a Tramitación para llamar al munícipe para gestionar los cobros de los arbitrios
- Se envía al Departamento de Seguimiento a los fines de verificar con lo aprobado.
Horario de prestación
De lunes a viernes , de 8:00 a.m. hasta 3:00 p.m.
Costo
Desde RD$2,000.00 a RD$40,000.00, según el proyecto a ejecutar.
Tiempo de realización
15 día(s) laborables
Canal de Prestación
Presencial
Información adicional
Al nuevo uso de suelo se le aplicará la tasa por servicio correspondiente.
Si el cambio de uso implica la intervención de la estructura debe solicitar el proceso de remodelación.
Nota: A estas tasas, cada año, se les aplicarán la indexación por inflación de conformidad con las estadísticas oficiales que al respecto ofrezca el Banco Central de la República.